La Jornada Laboral son cuarenta horas semanales bien distribuidas de lunes a viernes o de lunes a sábado, con un descanso semanal de mínimo 36 horas. Todos los contratos con menos horas son trabajadores con un Contrato a Tiempo Parcial que necesitará tener más días cotizados a la Seguridad Social cuando tenga la edad legal para jubilarse.
Reducir la jornada laboral semanal, pero a su vez no haber reducción proporcional del salario es igual a favorecer la comoditis crónica que impera en algunas personas, trabajar poco o llegar al mínimo por menos horas realizadas con el mismo salario que se estaba cobrando.
La solución es que el trabajador que quiera solicite la reducción de jornada con el correspondiente salario ya que es algo personal y con las correspondientes reducciones en la base de cotización de la Seguridad Social y Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas siendo en realidad un trabajador a tiempo parcial con un contrato a tiempo parcial