Exceso de festivos

Festivos

En España hay un exceso de días festivos obligatorios que en realidad se pueden dejar en cuatro obligatorios y el resto recuperables a lo largo del año.

Los festivos obligatorios serían el uno de enero, veinticinco de julio, ocho de diciembre y veinticinco de diciembre. Ningún festivo debe trasladarse, si cae en sábado o domingo. Además si se quiere asistir a una fiesta local puede utilizarse las vacaciones o recuperar las horas.

Por lo tanto el plus de festivo si se cobrase, solamente debería hacerse por los obligatorios. Además no se debe dar un día extra de libranza porque un festivo caiga en sábado no deben trasladarse.

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